Art. 1.- La presente asociación se denomina “ASOCIACIÓN
DE TERAPEUTAS DE FAMILIA, MEDIADORES FAMILIARES Y EXPERTOS
EN INTERVENCIONES SISTÉMICAS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA---ASSOCIACIÓ
DE TERAPEUTES DE FAMÌLIA, MEDIADORS FAMILIARS I
EXPERTS EN INTERVENCIONS SISTÈMIQUES DE LA COMUNITAT
VALENCIANA”.
Los estatutos, con número de registro 3188 e inscritos
con fecha 21 de Septiembre de 1.984, han sido modificados
de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica
1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
Adoptamos la sigla ATFCV como representativa, la cual
se utilizará en estos Estatutos como equivalente
de la denominación completa.
Art. 2.- La ATFCV se acoge al marco jurídico
del artículo 22 de la Constitución Española,
la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora
del Derecho de Asociación y su legislación
complementaria, como persona jurídica privada
de interés público y social, sin ánimo
de lucro.
Dicha Asociación se regirá por la citada
Ley de Asociaciones y su legislación complementaria,
por los presentes Estatutos, por los Acuerdos validamente
adoptados por los órganos de gobierno de la Asociación,
siempre que no sean contrarios a dicha Ley o a sus Estatutos,
y por las disposiciones reglamentarias que apruebe el
Gobierno Valenciano.
Art. 3.- Los fines y actividades de la
Asociación son de carácter científico
y tienen como objetivos:
Fines:
a. Promover el estudio y la profundización de
la Terapia de Familia, la Mediación Familiar
y las Intervenciones Sistémicas, en sus diferentes
orientaciones.
b. Favorecer el intercambio científico entre
los profesionales con un interés común
por esta tarea.
c. Contribuir a la difusión de las aplicaciones
de la Terapia de Familia, Mediación Familiar
e Intervenciones Sistémicas a otros campos de
conocimiento.
d. Orientar e informar a todos los que se acerquen con
un interés centrado en la Terapia Familiar, Mediación
Familiar e Intervenciones Sistémicas.
e. Colaborar con otras Asociaciones, Federaciones o
grupos afines.
f. Promover, avalar y ofrecer, en su caso, una formación
permanente en Terapia Familiar, Mediación Familiar
e Intervenciones Sistémicas.
g. Colaborar con los organismos competentes para garantizar
el rango científico al trabajo profesional de
los terapeutas familiares, mediadores familiares y expertos
en intervenciones sistémicas.
h. Velar por la buena práctica de la Terapia
Familiar, la Mediación Familiar e Intervenciones
Sistémicas recogiendo y canalizando las denuncias
pertinentes.
i. Avalar y acreditar la formación de los miembros,
velando por el cumplimiento de los requisitos exigidos
en las diferentes categorías y acreditaciones
respecto a los socios/as.
Actividades:
Para el cumplimiento de los fines enumerados anteriormente,
se realizarán las siguientes actividades:
a. Cursos
b. Seminarios
c. Congresos
d. Demás eventos y actividades que promocionen
los fines de carácter científico que tiene
como objetivos la Asociación.
e. Establecer convenios con otras Entidades, Asociaciones
e Instituciones.
Art. 4.- El ámbito de actuación
de la ATFCV es la Comunidad Valenciana.
Art. 5.- La ATFCV se constituye por tiempo indefinido.
Art. 6.- En caso de que la ATFCV no cuente con Sede
propia, el domicilio social coincidirá con el
de la Presidencia de la Asociación, o con cualquier
otro lugar de la Comunidad Valenciana que el presidente/a
considere oportuno. Actualmente la Asociación
fija su domicilio social en Valencia, en la calle Pinzón
10, 3º, pta.6 .
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